RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA G.A.R.G.CH. N° 24/2023

En función al Artículo 232 de la CPE que establece que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad, y resultados; concordante con el articulo 235 que estipula como obligación de los servidores públicos 1) cumplir la Constitución y las Leyes 2) cumplir con sus responsabilidades de acuerdo a los principios de la función pública; se establece el respectivo CORTE ADMINISTRATIVO EN EL PROYECTO "CONSTRUCCIÓN PAVIMIENTO COMINO VILLA MONTES - ISIRI (TRAMO CENTRAL - ISIRI) en sus tres componentes 1) Infraestructura 2) Supervisión 3) Tierra y Terreno; mismo que comprende desde el inicio de ejecución de los contratos de obra y supervisión técnica hasta las resoluciones de contrato.